La habilitación a profesionales reivindica y reconoce su labor social, académico y administrativo que establece la Ley 7.393/05 de supresión de barreras comunicacionales.
Por Romina Díaz
La provincia de Mendoza es la primera en el país en registrar de manera legal a Intérpretes de Lengua de Señas Argentina (LSA). Esto se da en cumplimiento de la Ley Provincial 7.393 de supresión de barreras comunicacionales a través del uso de la LSA que contempla la interpretación del discurso oral a personas sordas y no sólo como una traducción. Más allá que la Ley se promulgó en junio de 2005 y su Reglamento 2049 se dió en el año 2012, el acuerdo que valida su profesión es reciente.
Luis Battistelli, profesor de Lengua de Señas Argentina, remarcó a Contracara la importancia que significa la matriculación para la y el Intérprete por ser “un profesional preparado, responsable que ayuda en la accesibilidad de las personas sordas que conocen la lengua de señas y de otras que tienen distintas formas de expresarse.”
El acuerdo para la habilitación profesional de Intérpretes surgió entre el Consejo Provincial de Personas con Discapacidad, que pertenece al ministerio de Salud, Desarrollo Social y Deportes de Mendoza, y la Asociación Mendocina de Intérpretes de Lengua de Señas Argentina (AMILSA).
La Intérprete Superior de Lengua de Señas, Nancy Cortéz, mencionó el valor de la habilitación para sentirse “un poquito más profesionales”. No obstante, son reconocidos por asociaciones por su capacidad y conocimiento de hace muchos años. Además, “la persona que, después de recibirse de la tecnicatura en Lengua de Señas, quiera seguir perfeccionando sus estudios puede continuar con la Licenciatura o una carrera de grado”, comentó a Contracara.
Según el Sistema Informático de la Dirección de Atención a Personas con Discapacidad, perteneciente a la subsecretaría de Desarrollo Social de la Provincia, se registró, a finales de mayo, que en Mendoza hay 53.551 personas con discapacidad, de las cuales 4.765 (9%) presentan sordera u otra discapacidad auditiva.
Asimismo, Battistelli enfatizó sobre el desconocimiento generalizado que hay en la sociedad y que “puede poner en duda tu actuación“. Sin embargo, insistió en la constante demostración que tienen las y los profesionales para dar a conocer lo que implica la lengua de señas: “Tenés que seguir demostrando lo que es la interpretación, lo que es la persona sorda, lo que es el mundo de los sordos, la cultura de ellos. Todo eso está dentro de la lengua de señas. Si supieran lo que es realmente entonces no habrían dudas. Veinte años de interpretación y de lucha no se puede cuestionar”.
Entre el año 2002 y 2006, el investigador Benjamín Bahan de la Universidad Gallaudet ubicada en Estados Unidos, se interesó en el término “audismo” utilizada en la Comunidad Sorda desde 1975. La misma se divide en dos: “audi” quiere decir audición y; “smo” contra la persona sorda, es decir, es la palabra específica que se emplea para discriminar a una persona sorda en donde se considera que el “oyente es mejor”. Dicha expresión no es reconocida de manera formal, pero Bahan define “audismo” a la actitud que tiene como resultado un estigma hacia cualquiera que no oye.
La Ley Nacional 26378, la cual ratifica la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, establece en el Punto 4 del Art 30: Participación en la cultura, las actividades recreativas, el esparcimiento y el deporte que; “Las Personas con Discapacidad tendrán derecho, en igualdad de condiciones con los demás, el reconocimiento y el apoyo a su identidad cultural y lingüística específica, incluidas la Lengua de Señas y la cultura de los sordos.”
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